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Razones de EU para querellarse contra el Consell. Por José Luis Ramos


Personalmente estoy convencido que algunos miembros del "Consell de la Generalitat Valenciana" deberían ser condenados por delincuentes. Concretamente, por practicar la opacidad en la gestión de la acción de gobierno. Opacidad de la que se sirven los corruptos para enriquecerse a costa del erario público. En esa falta de transparencia destacan la Consellera María José Catalá y el Conseller José Ciscar. No toda actuación ilegal es delito. Pues no hay más delitos que los contemplados en el Código Penal. Nuestro Código Penal tipifica como delito, contra los derechos cívicos reconocidos, impedir el ejercicio de derechos reconocidos en la Constitución y las Leyes. La jurisprudencia matiza que debe tratarse de derechos fundamentales de participación política. Así es que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo viene reiterando una antigua jurisprudencia que dice que negar información o documentación, disponible por la administración, a los parlamentarios supone una clara infracción del derecho constitucional a participar en asuntos públicos sin trabas.
Para poder condenar por el citado delito, es necesario que se acredite ante el Tribunal que se ha impedido ejercer un derecho a sabiendas de la ilegalidad. Esos requisitos, creo que pueden acreditarse respecto algunos miembros del Consell, dado que es un hecho notorio que el Consell niega información a la oposición, que tiene el deber legal de entregar. Ese deber legal queda acreditado en todas las sentencias dictadas sobre este tema por el TSJ y TS, que ya son más de 30. Esa negativa a entregar la información, impide a la oposición ejercer las funciones de control de la acción de Gobierno. Todo ello se hace a sabiendas, como se deduce del hecho que se trata de un conflicto jurídico que los Tribunales tienen resuelto desde hace muchos años, y vienen reiterando los mismos argumentos jurídicos. Dicho de otra manera, se trata de un asunto sobre el que existe consenso respecto la jurisprudencia aplicable, es lo que en lenguaje jurídico se denomina "doctrina pacifica consolidada". Así que no resulta creíble que no sea conocida por los servicios jurídicos de la Generalitat. Así las cosas, debemos presumir que la citada jurisprudencia habrá sido puesta en conocimiento de las mismas autoridades que llevan años denegando, a la oposición, información que les resulta molesta en manos de la oposición.
Cabe añadir que las negativas no las fundan en ninguna causa legal. Por otra parte, en todos los recursos, la defensa del Consell se hace con los mismos argumentos jurídicos rechazados desde hace años por los Tribunales. Así las cosas, uno llega a la conclusión que no se creen lo que hacen y que se oponen a las demandas, sin otra finalidad que retrasar la entrega de la documentación, así impedir que la ciudadanía pueda tener conocimiento de asuntos que se escandalizaría. Esquerra Unida, en esta legislatura, ha presentado 19 demanda por negarse documentación a sus diputados y diputadas. En 18 demandas se ha obtenido sentencia estimatoria, 1 está pendiente de sentencia. Contra las primeras sentencia la Generalidad presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo. EU compareció solicitando las declaración previa de inadmisión alegando que los recursos carecen manifiestamente de fundamento (todos iguales repitiendo un argumento ya rechazado por el TS) y porque ya se han destinado otros recursos iguales. En los tres casos, la Generalidad corriendo desistió del recurso. Las prisas permiten sospechar que han tratado de evitar un varapalo jurídico. Desde entonces no presenta ningún recurso de casación contra las sentencias favorables a EU. Ello evidencias que los recursos de casación no tenían por finalidad aclarar que las negativas a entregar documentación están amparadas por la ley, pues simplemente perseguían retrasar la entrega de la documentación con la excusa que no se trata de sentencias firmes.
José Luis Ramos
Abogado
* Crónica agradece al autor poder compartir sus opiniones con nuestros lectores
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